Los inmuebles que han de tramitar el Informe de Evaluación de Edificios se corresponderán a:

 

  • Inmuebles de tipología residencial colectiva construidos durante el año 1990.
  • Resto de edificios construidos, de cualquier otro uso y tipología, con antigüedad entre el 01-01-1963 y el 31-12-1972

 

Para más información, haga click en el siguiente enlace:

https://www.ayto-ciempozuelos.org/index.php/areas-de-gestion/urbanismo-obras-y-servicios-parques-y-jardines-vivienda/urbanismo/6038-iee-informacion