IMPORTANTE: El plazo de presentación es hasta el 10 de agosto

En la sesión plenaria del mes de junio, celebrada el pasado día 28, el Ayuntamiento de Ciempozuelos aprobó las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a entidades ciudadanas y otras organizaciones no gubernamentales (ONGD) para la financiación de proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria año 2018.

Para esta convocatoria de subvenciones se destinan 3.000 euros que se adjudicarán de acuerdo a los principios de concurrencia, publicidad y objetividad. En todos los casos, las ayudas que se concedan están sujetas a la ejecución de proyectos, realización de actividades y consecución de objetivos expresados en las solicitudes. En el caso de haber recibido subvención para el año anterior a la convocatoria y de no haber concluido el plazo de ejecución del proyecto deberán presentarse informes correspondientes con el estado de ejecución y la fase en la que se encuentra el proyecto. 

A esta convocatoria pueden presentarse entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, asociaciones, federaciones, confederaciones, uniones y ONGD, legalmente constituidas e inscritas con más de dos años de antigüedad en el Registro Municipal de Asociaciones de Ciempozuelos. De no estar radicadas en Ciempozuelos, deberán estar inscritas como ONGD en la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID) con al menos dos años de antigüedad o en los registros públicos creados con idéntica finalidad. 

Los programas que son objeto de estas subvenciones estarán orientados a la educación, la salud, el acceso a agua potable y saneamiento básico, el apoyo a la sociedad civil y la gobernabilidad democrática, la protección de los derechos humanos, el empoderamiento de la mujer como agente de desarrollo, la protección del medio ambiente, las migraciones y el alquiler, obra o transporte de suministros industriales. 

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Las solicitudes deberán presentarse debidamente cumplimentas y con la documentación correspondiente en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Se adjuntan las bases completas y anexos

{jd_file file==2899}

 {jd_file file==2900}