El decreto de estado de alarma ha sido modificado en los puntos que os indicamos:
⭕ Se limita la libertad de circulación de las personas. O solo en las vías públicas sino también a otros espacios público como playas.
⭕ Las actividades permitidas pueden hacerse de manera INDIVIDUAL salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores o mayores o exista otra causa debidamente justificada.
⭕ Se permiten que abran al público los siguientes servicios: sanitarios, y centros y clínicas veterinarias. El servicio de peluquería se limita a la atención a domicilio.
Recuerda la importancia de las medidas básicas ?? y que su incumplimiento no solo pone en riesgo la salud de tod@s sino que conlleva multas elevadas.