El decreto de estado de alarma ha sido modificado en los puntos que os indicamos:

 Se limita la libertad de circulación de las personas. O solo en las vías públicas sino también a otros espacios público como playas.

 Las actividades permitidas pueden hacerse de manera INDIVIDUAL salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores o mayores o exista otra causa debidamente justificada.

 Se permiten que abran al público los siguientes servicios: sanitarios, y centros y clínicas veterinarias. El servicio de peluquería se limita a la atención a domicilio.

Recuerda la importancia de las medidas básicas ?? y que su incumplimiento no solo pone en riesgo la salud de tod@s sino que conlleva multas elevadas.

#EsteVirusLoParamosUnidos

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