El Ayuntamiento informa del establecimiento del plazo voluntario de pago del Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica (IBI rústica) y de la Tasa de Vados para el año 2018 está comprendido entre el 1 de junio y el 1 de agosto del año en curso, ambos inclusive.

El envío por correo del recibo supone un intento de prestar un mejor servicio pero no constituye notificación ni es determinante de la obligación de pago que existe. En caso de no haber llegado el recibo al domicilio, podrá solicitar un duplicado en el propio Ayuntamiento.

Trascurrido el plazo de pago voluntario, los contribuyentes que no hayan satisfecho sus deudas incurrirán en los recargos e intereses correspondientes, iniciándose el procedimiento de cobro en la vía de apremio.

Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados será el 3 de julio de 2018