A través del Programa de Termalismo del Imserso el Estado español proporciona a los/las pensionistas, que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso a precios reducidos a estos establecimientos.

El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.

  1. Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en el Estado español, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
    2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    3. Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
  2. Los usuarios de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
    1. No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
    2. Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
    3. Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
    4. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
  3. Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a los usuarios en el punto segundo.
  4. También podrán ser adjudicatarios de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo.
    Asimismo, podrán ser adjudicatarios de plaza, los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación
  5. Los requisitos se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su acompañante.
  6. En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.

La Resolución de convocatoria para 2018 contempla dos plazos para la presentación de las mismas:

Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive:

  • Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el 4 de enero de 2018.
  • Para su inclusión en el orden que corresponda, en la Lista de Espera de Plazas: hasta el día 10 de mayo de 2018.

Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre, ambos inclusive:

  • Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el día 11 de mayo de 2018.
  • Para su inclusión en la Lista de Espera de Plazas para la cobertura de plazas que vayan quedando vacantes por distintos motivos: hasta el 31 de octubre de 2018.

La adjudicación de plazas se efectúa de acuerdo con la puntuación obtenida por los expedientes, teniendo en cuenta los balnearios y turnos solicitados.

La resolución adoptada se notifica por escrito a todas las personas solicitantes; en concreto para las personas solicitantes de los turnos de los meses de septiembre a diciembre de 2018, en la segunda semana del mes de julio se notificará por escrito la asignación, en su caso, de las plazas solicitadas.

Toda la información en la página web del Imserso