El plazo para su solicitud finaliza el jueves 29 de junio

El Ayuntamiento de Ciempozuelos informa sobre las bases para la concesión de ayudas económicas para sufragar los gastos de comedor escolar a menores que estén matriculados durante el periodo lectivo 2017- 2018 en alguno de los cuatros centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP).

La cuantía global destinada este año se ha aumentado hasta los 100.000 euros. Estas ayudas económicas destinadas a las familias atienden a los gastos generados por la asistencia al comedor durante la comida del mediodía.

Plazo y lugar para presentar las solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes y documentación finaliza el jueves 29 de junio. Las solicitudes deberán presentarse junto con la documentación correspondiente en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, 7) en horario de 9.00 a 14.00 horas.

¿Quiénes pueden beneficiarse de estas becas?

Los requisitos para poder optar a estas ayudas son:

a)    Estar empadronado en el municipio de Ciempozuelos.

b)    Estar matriculado en un Centro de Educación Infantil y Primaria público de Ciempozuelos durante el curso 2017 – 2018 y ser usuario del comedor escolar del centro educativo.

c)    No presentar absentismo escolar.

d)    Estar al corriente de las obligaciones tributarias respecto del Ayuntamiento de Ciempozuelos, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

e)    No mantener deudas con el Centro educativo y adquirir el compromiso de abonar en plazo las cantidades correspondientes al porcentaje del coste del Comedor Escolar que no resultara subvencionado por las presentes Ayudas.

f)     Cumplir las normas de funcionamiento establecidas por el Centro Escolar en su Reglamento de Régimen Interno en relación con el funcionamiento del Comedor Escolar.

g)    Será también requisito ineludible haber tramitado ante la Comunidad de Madrid cuantas reducciones del precio del comedor escolar a las que los alumnos y sus familias tuvieran derecho. Se entiende expresamente que esa tramitación debe estar realizada en el momento de presentación de  solicitud de la ayuda. Si durante el curso académico se produjese un cambio en la situación familiar de quienes, teniendo la ayuda concedida, no tuvieran la obligación de tramitar reducciones en el momento de solicitar la ayuda, a partir del cual resultase que pueden tramitar alguna de las reducciones de precio señaladas, se entiende expresamente, que vienen obligados a tramitar en la reducción correspondiente en los plazos que establezca la Comunidad de Madrid y que, de no hacerlo, perderían el derecho a recibir la ayuda concedida.

h)   En el caso de alumnos con Necesidades Educativas Especiales, deben igualmente cumplir el requisito de haber presentado solicitud de ayuda por Necesidades Educativas Especiales.

Los anteriores requisitos de los beneficiarios de las ayudas deberán mantenerse a lo largo del curso escolar para el que se concede la ayuda.

Documentación a presentar

La documentación complementaria que debe presentarse con la solicitud (adjunta a esta nota), es la siguiente:

–       Fotocopia del NIF/NIE del solicitante de la ayuda. En caso de no disponer de NIE se aportará pasaporte.

–       Fotocopia del libro de familia o de la documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar.

–      En caso de acogimiento familiar: Resolución de la Comisión de Tutela del Menor

–      Título de familia numerosa.

–       Certificado del IRPF del año 2016 de cada miembro de la unidad familiar que incluya código electrónico seguro de verificación de expedición. En el supuesto de que alguno de los miembros de la unidad familiar no hubiese presentado declaración del IRPF en 2016 por no estar obligado a ello, se deberá aportar certificación expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de no haber presentado declaración y de los datos de que dispone dicha administración referidos al ejercicio fiscal 2016.

En el caso de que el solicitante o algún miembro de la unidad familiar haya percibido durante el año 2016 pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, pensión por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas o pensión contributiva reconocidas por la Seguridad Social se deberá aportar certificación expedida por el órgano competente sobre el importe de la pensión recibida en 2017.

–       Las familias con algún miembro de la unidad familiar en situación de desempleo deberán aportar tarjeta de demanda de empleo

–       Certificado de discapacidad.

–      Reconocimiento de la situación de dependencia.

–      Justificante de intervención en el equipo de Violencia y/o Familia.

–      Acreditación de la condición de víctima del terrorismo o de violencia de género

–      Justificantes de tramitación ante la Comunidad de Madrid de las reducciones en el precio a las que tuviera derecho.

La información completa se puede consultar en las bases de la convocatoria, adjunta al final de esta nota.

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