Interpuesta por la empresa responsable de la limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº6 de Valdemoro ha decretado el sobreseimiento y archivo de la querella por delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y coacciones interpuesta por la empresa de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos contra la alcaldesa, María Jesús Alonso Lazareno, y dos técnicos municipales.

El Auto, de fecha 9 de mayo, acoge íntegramente la petición del Ministerio Fiscal y dispone  que de las diligencias practicadas “no existen indicios suficientes de la comisión de los hechos delictivos denunciados” en base a las distintas consideraciones:

Respecto al delito de coacciones, el Auto refleja que “no concurren los requisitos del tipo, habida cuenta de lo que se está haciendo por parte de la administración municipal es controlar el cumplimiento de un contrato administrativo, actuación que entendemos que no sólo existe el derecho a realizarla sino el deber de hacerlo a efectos de verificar de que se ejecuta en los términos que se contrataron”.

En cuanto al delito de prevaricación, respecto a los técnicos municipales, el Auto concluye que lo que hicieron fue emitir informes jurídicos y que “no se trata de resoluciones administrativas, por lo que no pueden ser objeto de delito de prevaricación”. En cuanto a la alcaldesa, el Auto dice que de “las diligencias practicadas no se desprenden indicios suficientes de la comisión de un delito de prevaricación, puesto que lo que existe son discrepancias entre las partes sobre la cuantía y conceptos de las facturas que emite la parte querellante, por el servicio que presta a la Mancomunidad”.

En relación al delito de malversación de caudales públicos por los intereses de demora que “se ha visto obligado a pagar la Mancomunidad” el Auto refleja que “tampoco existen indicios suficientes de su perpetración”.